El pagaré es un medio empleado desde hace mucho tiempo para garantizar el cobro de determinadas deudas, pero son muchos los aspectos a tener en cuenta para que sea válido. A continuación encontrarás toda la información acerca de en qué consiste y cómo funciona el pagaré.
¿En qué consiste un pagaré?
Un pagaré es un documento privado, a través del cual una persona adquiere el compromiso de abonar una suma de dinero determinada antes de una cierta fecha.
¿Es lo mismo un pagaré que un título de crédito?
No hay que confundir el pagaré con el título de crédito, que es un documento fiscal similar a aquel, pero que se emite con carácter público. En el título de crédito, una persona jurídica se compromete a pagar una cantidad de dinero dentro del plazo establecido
¿Dónde se regula el pagaré?
La regulación del pagaré se encuentra en la Ley 19/1985, de 16 de julio, Cambiaria y del Cheque.
¿Qué partes intervienen en el pagaré?
En el pagaré hay dos partes, el emisor y el beneficiario. El emisor es quien se obliga a la cancelación de una suma de dinero dentro de un plazo de tiempo, mientras que el beneficiario es la persona que recibirá el pago de dicha cantidad.
¿Qué tipos de pagarés existen?
Según cuáles sean sus características, distinguimos tres modalidades de pagarés:
Pagaré a la orden
Es aquel en el que el emisor se compromete a pagar una suma cierta de dinero al beneficiario del pagaré, o al último titular del mismo. Esto quiere decir que es un tipo de pagaré que puede ser endosado a otra persona, si bien para ello es necesario que se cumplan dos requisitos:
- Que en el dorso se especifique que se puede endosar.
- Que el documento sea recibido por el endosatario.
Pagaré no a la orden
El pagaré no a la orden incluye la conocida como cláusula homónima, que supone que quien lo emite puede ceder el crédito a una tercera persona, si bien no podrá endosarlo.
Para ceder el crédito hay que hacer una notificación al firmante mediante burofax o en notaría, y si este no se opone, se entiende que acepta la cesión. Mientras no se realiza esta notificación, el emisor solo tiene la obligación de pagar a la persona que firmó el pagaré en concepto de acreedor del mismo.
Pagaré conformado
Este tipo de pagaré se considera el más seguro, ya que el beneficiario tiene la confirmación previa del banco de que el emisor cuenta con liquidez para hacer frente a su pago.
¿Qué información debe contener un pagaré?
El contenido legal del pagaré tiene que ser el siguiente:
- Lugar y fecha de emisión.
- Nombre de la entidad financiera y de la oficina, si se trata de un banco.
- Nombre del emisor.
- Nombre del beneficiario, si es una persona física, y razón social si se trata de una persona jurídica.
- Importe a pagar, tanto en letras como en cifras.
- Lugar y fecha de vencimiento de la deuda.
- Número de cuenta del emisor, con su código IBAN.
- La propia palabra “pagaré”, que tiene que aparecer en el documento.
- Identificador de la barra de truncabilidad, número que sirve para digitalizar el documento.
- Firma del emisor, que no podrá consistir en marcas o huellas digitales.
¿Cómo tiene que ser el pagaré?
Todo pagaré tiene que reunir las siguientes características:
Autonomía
El beneficiario del pagaré se lo podrá ceder a quien estime conveniente.
Literalidad
Se debe cumplir lo que recoge el documento. En ningún caso se podrá exigir una prórroga o descuento, por ejemplo, si no viene establecido en el pagaré mismo.
Abstracción
Un pagaré contiene solo un compromiso de pago, pero no la causa por la que nace. Se podrá pagar siempre, a menos que se devuelva o sea destruido.
Traslación
El acreedor del pagaré puede variar, ya que su beneficiario puede cedérselo a otra persona si lo desea. Por su parte, el obligado al pago lo estará igual respecto a esa nueva persona.
Incorporación
Para ejercer y reclamar las obligaciones del pagaré, es necesario que este exista y que se pueda exhibir.
¿Qué sucede si se destruye o pierde un pagaré?
El dueño del pagaré puede acudir al Juzgado de lo Mercantil para solicitar que se impida, mediante decreto, que su propiedad o pago sean transferidos a una tercera persona.
¿Cuáles son las ventajas y desventajas del pagaré?
Por lo general, las ventajas del pagaré son las siguientes:
- No se pagan comisiones, por lo que se cobra la cantidad establecida salvo que se acuerde otra cosa.
- Rapidez en el pago, ya que el plazo para abonar la cantidad del pagaré no suele superar los 18 meses.
- Su rentabilidad es más alta que la de otros medios de ahorro o inversión.
Igualmente, el pagaré presenta una serie de desventajas a tener en cuenta:
- Tiene una liquidez baja, por lo que cotiza en el mercado secundario.
- No está exento de riesgos, ya que el fondo de garantía de depósitos e inversiones no contempla los pagarés.
- En algunos casos, la solvencia del emisor del pagaré no está garantizada.
- Hay veces que las entidades financieras requieren un importe mínimo a pagar, por lo que no siempre se trata de un medio factible.
- Cobrar un pagaré antes de tiempo conlleva el pago de intereses.
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