Como acreedor tienes un plazo determinado legalmente para reclamar las deudas a tus deudores.
Transcurrido estos plazos, ya no tendrás derecho a reclamar tu dinero. Y, por tanto, perderás la posibilidad de recuperar el dinero que te corresponde.
Para no perder la oportunidad de reclamar el dinero que te deben, existen vías legales para interrumpir la prescripción de la acción de reclamar.
¿Quieres reclamar una deuda? Asegúrate que estás dentro del plazo para ello.
Vamos a ver los plazos de prescripción para las deudas más comunes entre particulares y empresas, obviando las deudas que puede reclamar la Seguridad Social, Hacienda o la Administración pública porque entendemos que no eres un organismo público sino que este post está dirigido a personas físicas y empresas.
Vías legales para que no se te pase el plazo para reclamar una deuda
Para que no se te pase el plazo, puedes realizar ciertas acciones que te permiten interrumpir la prescripción de una deuda.
Interrumpir la prescripción de una deuda significa que el plazo para reclamar se interrumpe y comienza de nuevo a contarse el plazo.
Eso significa que si el plazo de prescripción es de 1 año y reclamas extrajudicialmente la deuda a los 11 meses, el plazo de reclamación de esta acción se interrumpe y tendrás otro año más para reclamar.
Existen dos opciones para que puedas interrumpir el plazo de prescripción de una deuda:
1. Reclamar el pago judicial o extrajudicialmente al deudor
Lo mejor es enviar un burofax con acuse de recibo y certificación de texto dirigido al deudor. De esta forma te aseguras que puedes acreditar que has reclamado esa deuda.
Aquí tienes paso a paso cómo hacer una carta de reclamación de deuda.
2. Que el deudor reconozca la deuda pendiente de pago
Conseguir que el deudor reconozca por escrito que te debe dinero es complicado, pero no es imposible.
Aquí puedes ampliar información sobre cómo conseguir el reconocimiento de una deuda y los requisitos para su validez.
¿Cuándo prescribe una deuda personal?
Una deuda personal puede ser derivada de:
- Un contrato de compraventa.
- Un préstamo personal entre particulares o empresas.
- Por un incumplimiento de contrato, al haberse entregado cosa distinta o con defectos impropios.
- La acción de un comunero contra la comunidad de propietarios para el resarcimiento de daños causados por los elementos comunes.
- La acción del arrendador de un inmueble para la revisión de rentas.
Las deudas procedentes de contratos personales prescriben a los 5 años.
Desde octubre de 2015 el plazo de prescripción de acciones personales sin plazo especial fue reducido de 15 a 5 años.
¿Tienes un préstamo con garantía hipotecaria?
Si hiciste un préstamo a un amigo o familiar y como garantía de pago se constituyó hipoteca o aval el plazo de prescripción es de 20 años tras su vencimiento. Es decir, tienes 20 años para reclamar.
¿Te deben rentas de alquiler?
El impago de una renta de alquiler puede reclamarse hasta los 5 años desde la fecha de impago, después ya no será reclamable.
Accidente de tráfico y las deudas derivadas de los daños producidos
Si has tenido un accidente de tráfico con daños en el vehículo tienes 1 año desde que tuvo lugar el accidente.
Pero por ejemplo, si reclamas fehacientemente el importe de los daños a la compañía aseguradora del vehículo culpable antes de ese año, el plazo se interrumpe y tienes otro año más para reclamar.
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