¿Qué pasa si firmo un contrato con una Comunidad de Bienes? La mayoría de las personas desconocen los problemas que puede acarrear contratar con una Comunidad de Bienes.
Tendremos que identificar a todos sus miembros para poder reclamarles una deuda. Aquí te explicamos qué datos recopilar y cómo hacerlo.
¿Qué es una Comunidad de Bienes?
Una Comunidad de Bienes es aquella forma de organización jurídica en la que sus miembros ostentan la propiedad de los bienes que la integran de forma indivisa.
Lo que las diferencia frente a otro tipo de organizaciones, como las Sociedades Anónimas y Limitadas, es su carácter privado. Esto supone que si constituimos una Comunidad de Bienes lo haremos a través de un contrato privado y solo nosotros conoceremos la información relativa a la misma.
En el plano del desarrollo económico o empresarial por parte de nuestra Comunidad de Bienes, hay que señalar que cualquiera podrá actuar en su nombre y representación, siempre que sea en beneficio de la misma. Lo mismo ocurre en el plano jurídico, pudiendo entablarse acciones judiciales que la beneficien por cualquier miembro.
Los problemas comienzan cuando aparece la necesidad de demandar a una Comunidad de Bienes. En este caso, resulta un requisito indispensable la identificación de todos y cada uno de sus integrantes. De lo contrario, estademanda será desestimada e incluso inadmitida de plano.
¿Cómo reclamar una deuda a una Comunidad de Bienes?
En la práctica esta reclamación es complicada de llevar a cabo. Normalmente, en el seno de las relaciones económicas o empresariales que se mantengan con una Comunidad de Bienes, solo se va a conocer al miembro con el que se haya venido interactuando. Cabe recordar que, como hemos se aclaró anteriormente, en nombre de la Comunidad puede actuar uno solo de sus miembros.
A estas dificultades de cara a identificar las partes que la componen, se suma el hecho que la constitución de una Comunidad de Bienes se realiza a título privado.
Esto supone que la información de esta organización solo podrá ser conocida a través de sus miembros. Esto las diferencia de las Sociedades Anónimas o Limitadas donde la información es pública y se encuentra disponible en el Registro Mercantil.
Por todo ello, es recomendable que antes de materializar cualquier negocio jurídico con una Comunidad de Bienes, el contratante se asegure de que dispone de toda la información identificativa necesaria.
Pero, si finalmente no se consiguen estos datos y se necesita entablar una demanda frente a cualquier Comunidad de Bienes, existirá una última vía a nivel judicial. Esta alternativa se denomina "diligencias preliminares" y posibilita que, por medio del Juzgado, se realice un requerimiento a la Comunidad para que exhiba el contrato privado de constitución y así se pueda conocer todo su contenido.
En cualquier caso, para completar estos pasos será necesario contar con el asesoramiento y representación de Abogado y Procurador para desarrollar esta posibilidad.
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